Ley creación y crecimiento empresarial

El día 29 de septiembre se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la nueva Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas

La nueva ley tiene como objetivo impulsar la creación y el crecimiento empresarial a través de medidas para facilitar la salida y la constitución de empresas. Se busca eliminar obstáculos en el desarrollo de actividades económicas, mejorar la financiación empresarial y reducir la morosidad.

Las principales novedades son:

Constitución de Sociedades Limitadas

A partir del día 19 de octubre el requisito para constituir sociedades limitadas de 3000€ pasa a ser de 1€, siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:

  1.  El 20% del beneficio de la empresa será destinado a la reserva legal y capital social, hasta que la suma de estos dos alcance los 3000€.
  2. En caso de liquidación, voluntaria o forzosa, si el patrimonio de la sociedad fuera insuficiente para atender el pago de las obligaciones sociales, los socios responderán solidariamente de la diferencia entre el importe de 3000€ y la cifra del capital suscrito. 

Creación de empresas telemáticamente

El sistema CIRCE facilita la creación de  su empresa a través de acuerdos y comunicaciones con todos los organismos y administraciones que intervienen en el proceso de constitución de empresas.

El emprendedor sólo deberá cumplimentar el Documento Único Electrónico (DUE), donde se realizará los trámites necesarios para constituir la empresa. El documento se puede cumplimentar de dos formas:

  1. Acudir a un Punto de Atención al Emprendedor (PAE).
  2. A través del portal CIRCE.

Ventajas

  • Reduce el tiempo y el número de desplazamientos que hay que hacer a los distintos organismos.
  • Agiliza y reduce los costes de la creación de una empresa.
  • Facilita la comunicación entre los diferentes organismos competentes acelerando de esta manera el proceso.
Factura digital

Lucha contra la Morosidad

Anualmente se publicara un listado de empresas morosas. Se considerara como moroso toda persona jurídica que no paguen en un plazo un porcentaje superior al 5% de sus facturas y que el importe total de las facturas impagadas rebase los 600000€.

Se instaurara la factura electrónica como un instrumento útil para reducir los costes de transacción del tráfico mercantil. Las pequeñas y medianas empresas tendrán 24 meses para incorporar la factura digital a sus negocios.