La Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla-La Mancha a publicado el 13 de abril de 2023 el decreto 113/2022, por el que se regula la concesión de subvenciones para favorecer el pleno empleo y la inclusión social a través del empleo estable y de calidad.

Pueden presentar la subvención siempre que los contratos hayan sido formalizados entre el periodo 1 de noviembre de 2022 y 31 octubre de 2023. El plazo para presentar la solicitud es de 1 mes desde la formalización del contrato.

    Requisitos generales para las ayudas

    1. Realizar la actividad económica dentro del territorio de Castilla la Mancha.
    2. El empleado tiene que haber estado apuntado como demandante de empleo.
    3. Estar al corriente de deuda y de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
    4. Disponer si así se requiera de un plan de Prevención de Riesgos Laborales. 
    5. No haber aceptado ayudadas durante los últimos 3 años, que acumuladas excedan los 200.000 € acorde al reglamento (UE) nº 1407/2013.
    6. Que la actividad de la subvención no esté encuadrada en los sectores agrarios, ganadero o forestal.
    7. Mantener los contratos fijos subvencionados un mínimo de 36 meses. A demás, de mantener un mínimo de 18 meses el resto de contratos indefinidos de la plantilla.
    8. No haber realizado despidos el los últimos 6 meses desde la formalización del contratación.

    Tipos y Cuantías de las ayudas

    Existen  4 tipos de ayuda con un incremente si se cumple ciertas condiciones:

    1. Ayudas para la contratación indefinida de 6000 € por cada contrato realizado. 
    2. Ayudas para la contratación indefinida fija discontinua a jornada completa de 6000 € por cada contrato realizado.
    3. Ayudas del programa «Cheque transición». 6000 € por cada contrato realizado.
    4. Ayudas para la conversión de contratos indefinidos tiempo parcial a jornada completa. hasta 3000 € por cada conversión realizada. La jornada inicial tiene que ser inferior a 50% la jornada completa. De lo contrario, el importe se reducirá proporcionalmente en función de las horas que resten para alcanzar la jornada completa.
    5. Ayudas para la conversión de contratos temporales en indefinidos siempre que fueran celebrados antes del 31de diciembre del 2021, para la convocatoria de 2022. 6000 € por conversión realizada.

    Las ayudas pueden incrementarse hasta 1000 € por contrato, si el empleado pertenece a alguno de los colectivos descritos en el documento oficial.

    Si la actividad se desarrolla en núcleos de población despoblados, la cuantía de la subvención puede verse incrementa de la siguiente forma:

    • 20% zonas en riesgos de despoblación.
    • 30% zonas de intensa despoblación.
    • 40% zonas de extremada despoblación.

    Requisitos específicos por tipo de ayuda

    El número máximo de contratos que se pueden beneficiar de las ayudas es 5. A demás de cumplir con los requisitos generales, cada una de las ayudas tiene sus requisitos específicos.  

    1. Ayuda para la contratación indefinida. Los contratos serán subvencionables, siempre y cuando se cumpla las siguientes condiciones:
      • Personas mayores de 50 años o menores de 30 años.
      • Mujeres.
      • Personas en situación de exclusión social.
      • Jornada completa.
      • Personas que hayan tenido contratos de puesta a disposición por empresas de trabajo temporal, durante un periodo, continuo do discontinuo, superior a 90 días en los últimos 12 meses.
    2. Ayudas para la contratación de fijos discontinuos a jornada completa. Los contratos serán subvencionables, siempre y cuando cumpla una de las siguientes condiciones:
      • Personas mayores de 50 años o menores de 30 años.
      • Mujeres.
      • Personas en situación de exclusión social. 
    3. Ayudas del programa «Cheque transición». Será expedido de oficio y remitido por la consejería competente, Siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones:
      • Plan de empleo regulado en la orden 64/2021, de 11 de mayo o el Plan de garantía + 52 regulado en la Orden 168/2020.
      • que sea un contrato indefinido a jornada completa, (exceptuado los fijos discontinuos).
    4. Ayudas para la conversión de contratos indefinidos tiempo parcial a jornada completa. La conversión deberá suponer por lo menos un incremento de al menos un 25%.

    En caso de querer información más detallada sobre la subvención, se recomienda consultar el enlace oficial: https://docm.jccm.es/docm/descargarArchivo.do?ruta=2023/04/13/pdf/2023_3310.pdf&tipo=rutaDocm